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LA SEMANA SANTA DE ALAGÓN DECLARADA "FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DE ARAGÓN"



La Semana Santa de Alagón ha sido declarada FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DE ARAGÓN, destacando así su carácter cultural, popular y tradicional dentro de nuestra comunidad autónoma, al tiempo que se reconoce su importancia y grado de atracción desde el punto de vista turístico.


Enhorabuena por la consecución de este hito a todo el pueblo de Alagón y partes implicadas, muy especialmente a sus Cofradías y Cofrades, cuyo trabajo a lo largo de los años, tanto a nivel particular como conjunto a través de la Coordinadora, ha propiciado el logro de la distinción que nos ocupa.


A continuación reproducimos el documento publicado en el Boletín Oficial de Aragón.


ORDEN ICD/1004/2023, de 25 de julio, por la que se declara la "Semana Santa" de Alagón (Zaragoza) como Fiesta de Interés Turístico de Aragón.


Publicado el 04/08/2023 (Nº 149)

Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos

Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL



Texto Completo:


Visto el escrito y documentación que integran el expediente presentado por doña Ana Carmen Dúcar Sanz, Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Alagón (Zaragoza), para que la celebración de la "Semana Santa" de dicha localidad sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón.


Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de una celebración original, elemento fundamental de la tradición popular de la localidad, de la que constan referencias históricas desde el siglo XIII, tratándose de una celebración singular en la que se mantiene la tradición del "Paso de la Muerte" y en la que tienen lugar, organizadas por cada una de las cinco Cofradías que participan en la celebración, la procesión de bendición de ramos, procesión de las tres caídas, procesión de traslado del ecce homo, procesión del longino, el vía crucis, procesión de la verónica y marías, la procesión del santo entierro, procesión de la soledad y procesión del encuentro, contando con la participación activa de la población en todos los actos que integran esta celebración.


Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado puesto que contiene el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alagón, de 9 de diciembre de 2021, y memoria explicativa en la que se incluye la historia de la Semana Santa, así como la infraestructura turística con que cuenta la localidad y su zona periférica, y se justifican acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas, con un dossier fotográfico, libros, artículos en prensa, dvd y carteles promocionales.


Visto el Informe favorable de la Comarca de Ribera Alta del Ebro, en el que se resalta la importancia turística de este evento para el municipio de Alagón, así como su repercusión en toda la Comarca.


Vista la propuesta favorable de la Dirección General de Turismo para que la "Semana Santa" de Alagón sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón, dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración cumple con los requisitos exigidos en el artículo 5 de la normativa citada, el adecuado cuidado de los entornos urbanos donde se desarrollan los actos, la calidad de la celebración, la gran participación de la sociedad local, su contribución a la desestacionalización de las corrientes turísticas.


Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, resuelvo:


Primero.- Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, la "Semana Santa" de Alagón (Zaragoza), como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código FITA número 99).


Segundo.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 60 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. Igualmente, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 64 del citado texto legal.


Zaragoza, 25 de julio de 2023.


El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad

y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ


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